La inversión en activos productivos cuenta con una serie de estímulos fiscales contemplados en la Ley sobre Impuesto a la Renta que muchas veces son subutilizados por desconocimiento técnico.
El Crédito por Inversión en Activo Fijo (Artículo 33 Bis) otorga a las empresas el derecho a imputar como crédito contra el Impuesto de Primera Categoría un porcentaje del valor de adquisición de bienes físicos del activo inmovilizado nuevos (maquinarias, instalaciones, camiones de carga, etc.).
Por otra parte, las pymes acogidas al régimen 14 D3 y 14 D8 tienen el beneficio de depreciar de forma instantánea el 100% del valor de compra en el mismo año en que se adquiere el bien, transformando la inversión en un gasto directo que reduce sustancialmente la base imponible.
Nuestro equipo asesora en la adecuada valorización, clasificación contable y aprovechamiento de estos créditos en el Formulario 22 anual.